MIRA Chile: resultados de la encuesta ciudadana sobre la nueva ley migratoria
Se realizó el Primer Encuentro Consultivo por la Nueva Ley Migratoria, convocado y organizado por el Departamento de Extranjería y Migraciones (DEM) y la División de Organizaciones Sociales (DOS), donde La Asociación MIRA Chile presentó y debatió -así como otras organizaciones de migrantes- los resultados la encuesta ciudadana sobre la nueva ley migratoria, realizada con todo nuestro grueso número de simpatizantes residentes en el país.
A continuación, presentamos los resultados de dicha encuesta en una unión de criterios:
1. ¿Está de acuerdo su organización/institución en reemplazar la actual Ley de Extranjería?
Sí.
2. Si la respuesta es sí, ¿cuáles son los elementos fundamentales que debe contemplar la nueva Ley?
Visas:
Modificación de los tipos de visas otorgados a los extranjeros de acuerdo a sus necesidades reales de estadía en Chile, no solo por motivos económicos. Reducir y estandarizar los costos para trámites de visas de cualquier nacionalidad; reducción de tiempos para trámites de visas y permisos laborales.
Salud:
Que las personas extranjeras con o sin situación regularizada en Chile, cuenten con las garantías de atención en salud de forma integral.
Nacionalidad:
Otorgar nacionalidad a los nacidos en Chile, de padres que se encuentren irregulares o indocumentados.
Trabajo:
En cuanto a cotizaciones de pensiones, los extranjeros deben tener la posibilidad de elegir si quieren o no cotizar, además de existir el procedimiento de movilización de fondos de pensiones al país de origen.
Educación:
Los hijos de personas irregulares en Chile deben tener acceso a la educación básica del Estado. Asimismo, mayores oportunidades de Becas en educación técnica, tecnológica y superior.
Igualdad:
Que se emita una sanción a las personas y/o entidades que discriminen escrita y verbalmente a las personas extranjeras, dañando su imagen y buen nombre.
3. ¿Qué temores o preocupaciones tienen respecto a la nueva Ley?
– Que no esté alineada al derecho internacional, desconociendo los derechos fundamentales contemplados en los diferentes tratados internacionales.
– Que la nueva Ley continúe desconociendo el valor que aporta el extranjero a Chile, viendo la entrada de los migrantes como un problema y no como un proceso de desarrollo cultural, económico y social en Chile.
– Que propongan excluir a los extranjeros de los beneficios de que pueden acceder los chilenos con el Estado.
– Que la nueva Ley mantenga o aumente los costos para los trámites de visas y permiso laboral.
– Que en el momento de exigir algún derecho como migrantes, no se tengan elementos jurídicos válidos para hacerlo, esto debido a que la ley 1075 y el D.S 597, contienen una frase de amplia interpretación para el legislador como lo es: “SERÁ DISCRECIONALIDAD DE LA AUTORIDAD QUE EMITE EL ACTO SI LO OTORGA O REVOCA” Esta frase deja sin opción alguna acogerse al derecho.
4. ¿Está de acuerdo su organización/institución con la creación de un Servicio Nacional de Migraciones con presencia regional y provincial?
Sí, para dar apoyo a aquellas personas que busquen regularizar su situación, teniendo una visión clara y global de los extranjeros, entregando información precisa, veraz y oportuna en cuanto a salud, legislación laboral, educación y acceso a la vivienda, evitando altos costos en trámites y traslados para los inmigrantes, que muchas veces no cuentan con los recursos para realizar viajes de grandes distancias.
Cada región y provincia tiene necesidades distintas, distinto tipo de población migrante, y diferentes actividades laborales. Esto sugiere que es necesario que en cada región se atiendan los casos particulares. Esto también facilita a que se descongestione la oficina central.
5. ¿Qué otros temas debemos tener en cuenta en este proceso que son importantes para su organización/institución?
Ingreso al país:
En la actual ley no se establece claramente los criterios para detener el ingreso de una persona al país utilizando el término “no es de conveniencia nacional”, determinado por un funcionario de la PDI. Esto ha ocasionado múltiples detenciones de extranjeros en los aeropuertos y terminales, por lo cual se sugiere determinar con criterios puntuales que no atenten con la movilidad de las personas.
Modificación o eliminación de la Visa Sujeta a Contrato:
Debido a que ésta obliga al extranjero a mantener el mismo empleador dos años consecutivos, lo cual implica que si el empleador le baja el salario o beneficios al extranjero, este se ve obligado a quedarse con él en busca de sus documentos atentando a la calidad de vida de la persona.
Acortar el tiempo y trámites para la obtención de Visa Definitiva:
Debido a que si una persona no cuenta con la visa, no tiene acceso a muchos beneficios que sí tienen los nacionales y están imposibilitados a manejar cuentas bancarias o tener acceso a subsidios del estado.
Se sigue juzgando a las personas que por circunstancia sociales , equivocación o similares, presentan alguna mancha en su pasado judicial (nacionales de Perú, Colombia y República dominicana). La actual legislación considera: QUIENES PRESENTES ANTECEDENTES NEGATIVOS EN SU PAÍS DE ORIGEN SON CONSIDERADOS PERSONAS NO ÚTILES A LA SOCIEDAD; desconociendo procesos de reinserción social . Algunas Cortes de países hermanos han considerado que seguir sosteniendo éstas anotaciones en la hoja de vida disciplinaria, es una vulneración al derecho al buen nombre y al trabajo.