Entra en vigencia dos nuevos modelos de visa para extranjeros en Chile

1Entra en vigencia de dos importantes modelos de visas de residencia desde el día lunes 2 de marzo: una visa temporaria por unión civil y una visa temporaria por motivos laborales.

La visa temporaria por unión civil permite acceder a una residencia temporaria en carácter de titular a los que celebren un matrimonio en el extranjero, o un Acuerdo de Unión Civil, tanto en Chile como en el
extranjero, con un chileno o residente. No se hará distinción en el sexo de los contrayentes para calificar la legitimidad del vínculo, sino que se pone énfasis en reconocer la validez del mismo. De este modo, podrán invocarse  las uniones civiles y los matrimonios tanto heterosexuales como
homosexuales.

Este nuevo modelo de visa importa un gran avance en la protección de todas las formas de familia y en el fin de las distintas formas de discriminación.

Adjunto la Circular N°06 de 26.02.2015, que establece el procedimiento y requisitos documentales que la implementan.

La visa temporaria por motivos laborales se entregará a extranjeros que cuenten con un contrato de trabajo con empleador domiciliado en Chile.

Es decir, respecto a trabajadores extranjeros que ya se encuentran en Chile al ser contratados, se elimina la obligatoriedad de la denominada “cláusula de viaje” (que impone al empleador la responsabilidad de financiar el retorno del trabajador a su país de origen), y la vigencia de la visa deja
de estar condicionada a la conservación de ese mismo contrato laboral con su empleador original sino a cualquier vínculo contractual debidamente acreditado.

Tiene las siguientes ventajas:

–       el extranjero podrá contratarse libremente lo que significará una relevante contribución al proceso de integración de los trabajadores migratorios en Chile.

–       permitirá concordancia entre nuestra legislación interna con principios y mandatos de convenciones sobre protección de derechos humanos de los migrantes

–       facilitará comprensión de la normativa por parte de empleadores y trabajadores extranjeros y

–       eliminará importantes barreras de acceso al trabajo y la residencia,

–       permitirá la disminución de sanciones migratorias, que afectan tanto a trabajadores extranjeros como a empleadores de inmigrantes.

–       disminuirá la carga administrativa asociada a solicitudes de residencia por cambio de empleador en el marco de la visa sujeta a contrato (9% del total de solicitudes), lo que llevará aparejado un mejoramiento de las condiciones de atención de público para todo usuario del Departamento
de Extranjería y Migración.

Adjuntamos Circular N°07 de 26.02.2015, que establece el procedimiento y requisitos documentales que la implementan.

Circular N°6

Circular N°7 (1)