Nueva ley para trabajadoras(es) de casa particular
La ley sobre trabajadoras (es) de casa particular, se implementará a partir de noviembre de 2015. A continuación se detallan las principales modificaciones:
- Contrato de trabajo: los contratos de trabajo de los trabajadores de casa particular (TCP) deberán indicar el tipo de trabajo a realizar, el domicilio específico donde se prestaran los servicios. Adicionalmente, se deberá establecer expresamente la obligación de asistencia a personas que requieren de atención o cuidados especiales.
- Registro de contratos y fiscalización: se establece la obligación del empleador de registrar de modo presencial o por medios electrónicos el contrato de trabajo en la respectiva Inspección del Trabajo, dentro de los 15 días siguientes a su celebración. El empleador deberá entregar una copia del contrato de trabajo firmado al trabajador.
- Prohibición de imputar el alojamiento y la habitación dentro de la remuneración: se establece que los costos de alimentos y habitación del trabajador siempre son de cargo del empleador y no se podrán imputar a la remuneración.
- Prohibición del uso obligatorio de uniformes en espacios o lugares públicos: se establece que el empleador no puede condicionar la contratación,permanencia, renovación del contrato, promoción o movilidad de un trabajador de casa particular, al uso de uniforme en lugares o espacios públicos.
- Prohibición de reducir la remuneración y no se consideran imputaciones: el empleador no podrá unilateralmente rebajar la remuneración del trabajador como consecuencia de la reducción de jornadas de trabajo o del aumento de días de descanso dispuestos en la ley. Además, la compensación de las horas extras es adicional a las horas ordinarias de trabajo. El empleador no podrá unilateralmente imputar y descontar a la redistribución pagada por la jornada de trabajo ordinaria, la redistribución pagada por las horas adicionales extras.
- Reducción de jornadas para las TCP puertas afuera: se rebaja la jornada de trabajo de 72 horas a 45 horas semanales máximas.
- Bolsas de horas adicionales que se pagan como horas extraordinarias: se establece que para las trabajadoras de casa particular (TPC) puertas afuera una bolsa de 15 horas semanales, que se pagan como extraordinarias, (esto es, con un recargo de un 50% del valor del sueldo convenido con el trabajador- el sueldo por la jornada ordinaria de 45 horas semanales en ningún caso puede ser inferior al ingreso mínimo mensual).
Fuente: Ministerio de Desarrollo Social.